SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2003 - R

Fecha: 17-Jul-2003

improcedente

Concluida la audiencia el Juez Cuarto de Sentencia de Santa Cruz declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) que, con relación a la citación por comparendo y declaratoria de rebeldía se evidencia que no existen las violaciones alegadas; 2) que, la imputada llegó a tener conocimiento de la causa en su contra, ya que se le notificó con los primeros actuados, habiendo inclusive asumido defensa; 3) que habiéndose señalado audiencia de confesión en dos oportunidades no asistió a las mismas, por lo que fue declarada rebelde designándosele defensor de oficio, no existiendo ninguna violación procesal ya que la autoridad recurrida no tiene responsabilidad por la actuación del defensor de oficio y 4) que la indefensión sólo puede alegarse en los casos en que el imputado por alguna causa ajena a su responsabilidad no llegó a tener conocimiento de la causa seguida en su contra; sin embargo, en el caso presente, la representada de la recurrente, abandonó su defensa después de apersonarse y de haber presentado varios escritos, no existiendo por lo tanto indefensión.