SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1007/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1007/2003- R

Fecha: 18-Jul-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Que, contra esa ilegal Sentencia, ambas partes plantearon recurso de apelación, que fue resuelto por el Juez Décimo Tercero de Partido en lo Civil, quien dictó el Auto de Vista de 20 de noviembre de 2001 por el que anuló obrados, con el fundamento de que una Jueza Instructora no tiene competencia para conocer demandas de exclusión de socias por ser competencia del Juez de Partido en lo Civil, lo que dio lugar, a que también ambas partes recurrieran de casación, solicitando la nulidad; sin embargo, los ex vocales demandados por Resolución 011/2002, de 16 de mayo, fallando ultrapetita casaron el auto de vista, dejando firme y subsistente la Sentencia y declarando improcedente el recurso planteado por ella, con lo que incurrieron en una serie de actos ilegales, tales como que el proceso fue sorteado en forma anticipada a otras causas anteriores y en forma vertiginosa dentro de los 3 días -porque el recurrido Rafael Barrero cesaba en sus funciones,- dictaron la resolución 011/2002, dejando subsistente una ilegal sentencia, y a ella en indefensión, pues no se le permitió que pueda ser oída. Concluye indicando que interpone amparo porque al no tratarse de un proceso voluntario, ordinario o ejecutivo, sino sumario, no puede ser revisado en otro proceso.