SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1009/2003- R
Fecha: 18-Jul-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente solicita tutela a sus derechos al debido proceso, a la presunción de inocencia, a la defensa, al juez natural, consagrados en los arts. 14 y 16 CPE, denunciando que han sido vulnerados por el Tribunal presidido por el recurrido, puesto que en lugar de subsanar los errores de los jueces sumariantes sometiéndolo a una inadmisible retardación de justicia que le ha perjudicado en su ascenso por más de 2 años, ha devuelto obrados al Comando General del Ejército sin dar lugar a su ascenso y sin tramitar el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad que planteó. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.