SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2003-R
Fecha: 21-Jul-2003
II.2.
II.2. El 1 de abril de 2003, la co-imputada M. Patricia Aguirre Urioste solicitó al Fiscal de Distrito instruya a PRODEM S.A. se le otorguen certificados y fotocopias legalizadas sobre los funcionarios que estaban a cargo de determinadas funciones, el acceso al manejo de sello seco, certificaciones de créditos, de los grupos transferidos a su persona, actas de reuniones, certificaciones de auditorias de los años 1999 y 2000, y otros. Petición a la que el Fiscal de Distrito recurrido requirió el 1 de marzo de 2003, porque se franquee, notificándose al Gerente de PRODEM para el efecto (fs. 17 y vta.). Frente a ello, el encargado de la agencia de PRODEM S.A. en Oruro, representó al Fiscal que la documentación solicitada estaba protegida por el secreto bancario contenido en la Ley de bancos y entidades financieras, el cual sólo podía ser levantado mediante orden judicial motivada expedida por juez competente dentro de un proceso formal y por intermedio de la Superintendencia del ramo (fs. 18).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1
- El recurrido Daniel Soliz Flores, Fiscal de Distrito
- El Juez recurrido, Julio Huarachi Pozo
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 16