Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2003-R
Fecha: 22-Jul-2003
b)
b) No se tiene establecido con precisión si las mejoras que alegan los recurrentes se encuentran en el 50% que fue adjudicado en el remate de 19 de abril de 2002 o dentro del otro 50%, además está pendiente de obtención el título propietario proveniente de una división y partición y el amparo no es la vía para determinar ese derecho propietario, por lo que las autoridades recurridas han aplicado correctamente las disposiciones legales en las que fundamentan su decisión, sin haber cometido ningún acto ilegal u omisión indebida.