SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1056/2003-R
Fecha: 28-Jul-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 16 de junio de 2003, cursante de fs. 7 a 8 de obrados, la recurrente asevera que en septiembre del año 2002, su ex cónyuge se presentó ante las autoridades británicas con un requerimiento fiscal de extradición y orden de aprehensión en su contra de fecha 9 de mayo de 2002, firmado y suscrito por el Fiscal recurrido, que se ejecutó con la ayuda de INTERPOL-BOLIVIA e INTERPOL-INGLATERRA, consiguiendo arrebatarle a su hijo menor de 6 años de quien tenía la custodia y cuyo paradero desconoce desde esa fecha.
De esa manera, retornó a Bolivia a objeto de aclarar su situación, pues jamás estuvo comprometida en hechos relacionados con sustancias controladas, y al llegar al país tomó conocimiento de que el Fiscal recurrido la había incluido en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Jhon Milton Evans ante el Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de La Paz, implicándola como cómplice que favoreció la evasión del mencionado procesado Evans.
Cuando se apersonó al Juzgado Primero de Sustancias Controladas a reclamar su situación, los Jueces afirmaron que no tenía nada que ver con el proceso referido y que no figuraba ninguna acusación ni procesamiento en su contra por complicidad, siendo lo más curioso que el requerimiento de 9 de mayo de 2002 nunca fue aparejado al expediente y en consecuencia nunca fue de conocimiento de ese Juzgado, lo que significa que ese requerimiento librado y ejecutado por los recurridos sin competencia, es fraguado, no corresponde a derecho ni a su persona, existiendo un verdadero caso de corrupción y falsedad, sin que comprenda cómo el Jefe de INTERPOL-BOLIVIA también recurrido, hubiera ejecutado ese requerimiento sin orden judicial ni constancia del juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas y sin evidenciar su veracidad.
Con tales actuaciones, las autoridades han incurrido en persecución ilegal e indebida, adecuando su conducta a los delitos de uso indebido de influencias y resoluciones contrarias a la Constitución y a las Leyes, incursos en los arts. 146 y 153 del Código penal (CP), por cuanto colaboraron con su ex cónyuge a quitarle a su hijo con un requerimiento fiscal falso, sin que jamás ningún juez hubiera ordenado su aprehensión, ni haya sido investigada, juzgada y menos condenada por ningún delito y menos por el ilícito que le endilgaron.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1
- Jimmy Pareja Bonifaz, Fiscal de Sustancias Controladas
- co
- procedente
- b)
- II.1. Con fecha 2 de mayo de 2002
- II.2
- II.3. También con fecha 2 de mayo de 2002 (fs. 34)
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- también es cierto que esta atribución se refiere únicamente a los imputados..”
- imputado
- III. 2
- III. 3
- III. 4
- III. 5
- III.6. Respecto al co recurrido Hugo Velasco Rivera,