Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
II.2.
II.2. Contra el fallo de primera instancia, el recurrente planteó apelación restringida por memorial presentado el 8 de octubre de 2002 (fs. 29 a 32), que, luego del trámite de ley, fue remitido a la Corte Superior de Distrito en cumplimiento del decreto de 28 de octubre de 2002 (fs. 36), en el que se emplazó a las partes para que comparezcan ante el Tribunal de alzada en el plazo de diez días.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Si bien es cierto que el art. 163-2) CPP
- III.3.
- se reitera que el actor tiene la posibilidad de impugnar la nulidad del mismo en el juicio penal
- III.4.