III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que el recurrente solicita tutela a los derechos de su representado a la libre locomoción y a la presunción de inocencia, consagrados en los arts. 7-g) y 16-I CPE, denunciando que están siendo vulnerados por el recurrido, ya que no obstante que dentro del proceso penal que se le ha seguido ha sido declarado absuelto de pena y culpa, se niega a dar curso a las reiteradas solicitudes de su representado para que se levanten y cesen las medidas cautelares de carácter personal que se le impusieron, con el fundamento de que no es aplicable el art. 364 CPP, dado que el citado proceso fue regido por el Código de Procedimiento Penal de 1972. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus
- Fragmento 2
- a)
- procedente
- II.1
- II.2 Que, mediante Sentencia 61/2003 de 8 de julio de 2003,
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- “III.1 Sobre el principio general de irretroactividad de la ley.-
- “III.2 El principio de favorabilidad, como excepción al principio de irretroactividad de la ley penal y sus alcances.-
- “
- 2.
- “III. 3
- III.4.
- “III. 6
- III.3
- APRUEBA
