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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2003

    Fecha: 15-Ago-2003

    II.4

    II.4    Que, por decreto de 8 de mayo de 2003, la Comisión dispone se cite, notifique y emplace  a la recurrente, para que en el plazo de cinco días hábiles de su legal notificación responda a la denuncia en su contra, de conformidad al art. 17 inc. f) del Reglamento para el procesamiento contra el servidor público electo, aprobado por Ordenanza municipal 0008/2001.

    • Cristina Corrales de Ruiz, Presidenta del Concejo Municipal de La Paz
    • I.1.1 Relación sintética de los hechos que motivan el recurso
    • contra
    • I.3 Admisión y citaciones
    • (fs. 236-237)
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • (fs. 174)
    • II.5
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4

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