SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2003-R
Fecha: 12-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En el presente amparo el recurrente alega que en el proceso penal que se le sigue, la Jueza recurrida rechazó la solicitud de inhibitoria formulada por el Tribunal Permanente de Justicia Militar, donde sin ninguna competencia legal se le ha instaurado paralelamente un proceso militar por la misma causa que el iniciado en la justicia ordinaria, y en forma ilegal la Jueza concedió la apelación planteada contra su decisión, que fue revocada por los Vocales co - recurridos, que ordenaron que sea la justicia militar la que lo juzgue, con lo que se ha conculcado la garantía del debido proceso pues lo que correspondía era promover el conflicto de competencias. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida, tomando en consideración los caracteres propios de este recurso extraordinario.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- consiguientemente, conforme al sistema de recursos establecido en el Código, contra dicha resolución no cabía ningún medio de impugnación”
- entre uno de ellos o cualquier otro tribunal”.
- APRUEBA