Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1155/2003- R
Fecha: 15-Ago-2003
II.2
II.2 Que, el 15 de mayo de 2003, el Administrador a.i. de la Aduana Zona Franca Puerto Aguirre mediante acta de intervención AN-PAGZZ 001/2003, procedió al comiso de la camioneta de las características anteriormente descritas, aduciéndose que mediante Oficio CS Nº 003/2003 de 17 de abril de la Receita Federal del Brasil se ha comunicado que el vehículo consignado en el BR 197.001275 está registrado como robado (fs. 8-9).
- recurso
- fue retenido indebidamente el 22 de octubre de 2002
- Ricardo Mendoza Aguilera y Oswaldo Roca Eyzaguirre, Administrador de la Aduana de Puerto Suárez y Administrador a.i de Zona Franca Puerto Aguirre
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- REVOCA