Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1155/2003- R
Fecha: 15-Ago-2003
III.3
III.3 Que, por otra parte, también es de aplicación el principio de subsidiariedad en el caso de análisis, dado que existe un requerimiento fiscal de rechazo de la denuncia, en consecuencia el recurrente tiene que acudir a la vía llamada por ley en reclamo de la devolución o entrega de los vehículos.
- recurso
- fue retenido indebidamente el 22 de octubre de 2002
- Ricardo Mendoza Aguilera y Oswaldo Roca Eyzaguirre, Administrador de la Aduana de Puerto Suárez y Administrador a.i de Zona Franca Puerto Aguirre
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- REVOCA