SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1156/2003- R
Fecha: 15-Ago-2003
I.2.1
El recurrente ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió indicando que una de las imputadas en el proceso, Julieta Bilbao la Vieja, pidió el 7 de julio de 2003, la remisión de los antecedentes a la Fiscalía del Distrito para que el caso se tramite de acuerdo al nuevo procedimiento, en aplicación de sentencias constitucionales tales como la 280/2001-R, 535/2002-R y 560/2002-R; pero el recurrido no se pronunció y dictó auto final de la instrucción, no obstante que la causa ingresó en 6 de julio de 2001, pues existe el cargo de 11 de agosto de 2001, por lo que al haberse tramitado la denuncia con un procedimiento no aplicable a la misma, actualmente su representado se encuentra restringido en su libertad, dado que se ha dictado auto de procesamiento y expedido mandamiento de detención formal. A petición del Tribunal del Recurso, aclara que su representado fue declarado rebelde y contumaz a la ley, habiéndose emitido mandamiento de aprehensión en el mes de mayo de 2000 que sigue vigente también.
- recurso de
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- José Carlos Montoya C., Juez de Instrucción Segundo en lo Penal Liquidador del Distrito Judicial de Oruro
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- se aplicará a todas las causas que se inicien a partir del vencimiento de este plazo: 31 de mayo de 2001
- III.3
- III.4
- APRUEBA