Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1183/2003-R
Fecha: 19-Ago-2003
aún cuando no las haya usado oportunamente, como sucede en el caso presente
En consecuencia, el presente recurso es improcedente por la causal 96.3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), máxime si no es sustitutivo ni alternativo de otras vías que la ley confiere a las partes para lograr la modificación o supresión de los hechos demandados, aún cuando no las haya usado oportunamente, como sucede en el caso presente.