SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1185/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1185/2003-R

Fecha: 19-Ago-2003

permite su ejecución inmediata sin necesidad de que la parte victoriosa preste fianza de resultas.

              En la especie, la parte demandada y ahora recurrente planteó recurso de apelación contra el auto que calificó los daños a favor de la demandante; recurso que, al serle concedido en el efecto devolutivo conforme a la norma citada, permite su ejecución inmediata sin necesidad de que la parte victoriosa preste fianza de resultas. En consecuencia, el juez recurrido al continuar la tramitación de la causa y ejecutar la resolución apelada, llegando a librar el correspondiente mandamiento de desapoderamiento del inmueble, no ha cometido ningún acto ilegal, al contrario, ha actuado conforme a derecho y en cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia condenatoria ejecutoriada que dio origen a la demanda de daños y perjuicios.