SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1193/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1193/2003-R

Fecha: 25-Ago-2003

III.2

III.2 Si bien los Concejos Municipales tienen facultades para dictar Ordenanzas, ellas deben ser ejercidas teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 201-1) CPE que le reconoce potestad normativa, es decir  que las Ordenanzas Municipales tienen carácter de reglas o normas que forman parte del ordenamiento jurídico, y por lo mismo destinadas a proporcionar  la seguridad a la que se refiere el art. 7-a) de la Ley Fundamental.