Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2003- R
Fecha: 26-Ago-2003
II.3
II.3 Que estando desempeñándose en dicho cargo, por memorando 882/02, de 1 de noviembre de 2002, Hernán Burgoa, Jefe a.i. de la Unidad de Recursos Humanos, le comunicó que por el incumplimiento de la ley 2027 Estatuto del Funcionario Público (LEFP), DS 26115 Normas Básicas de Administración de Personal y Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal del Ministerio de Hacienda, se encontraba en la categoría de funcionario provisorio, por lo que desde el 1 de noviembre prescindían de sus servicios (fs. 9).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Javier Comboni Salinas, Ministro de Hacienda e Isabel Bedregal Gutiérrez, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda
- a
- procedente
- II.1
- II.3
- II.3.1
- II.3.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- “III.3
- Las Resoluciones Administrativas definitivas dictadas por el Superintendente, serán de ejecución inmediata y de cumplimiento obligatorio para las Partes Intervinientes
- (fs. 45)
- III.2
- APRUEBA