SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2003- R
Fecha: 26-Ago-2003
II.3.2
II.3.2 Que, cumplido el plazo probatorio, la Superintendencia del Servicio Civil, mediante Resolución Administrativa SSC/IRJ/010/2003 pronunciada el 24 de enero, resolvió revocar el memorando 882/02 de 1 de noviembre de 2002, con el que se dio por terminados los servicios de la recurrente, ordenándose su inmediata reincorporación al cargo de Secretaria IV de la Unidad de Normas del Ministerio de Hacienda. Asimismo, como punto tercero resolvió que el Ministerio de Hacienda envíe toda la documentación correspondiente al proceso de reclutamiento y selección en el que participó la recurrente a efectos de que a través de la Intendencia de Inspección y Control, y en cumplimiento del Reglamento de Proceso de Incorporación a la Carrera Administrativa se convalide o no el mismo y, en consecuencia, resuelva la incorporación o no de la recurrente (fs. 20-23). Esta Resolución ante la solicitud de rectificación por parte de la recurrida, fue confirmada por Resolución Administrativa SSC/IRJ/014/2003, de 14 de febrero de 2003 (fs. 24-26).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Javier Comboni Salinas, Ministro de Hacienda e Isabel Bedregal Gutiérrez, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda
- a
- procedente
- II.1
- II.3
- II.3.1
- II.3.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- “III.3
- Las Resoluciones Administrativas definitivas dictadas por el Superintendente, serán de ejecución inmediata y de cumplimiento obligatorio para las Partes Intervinientes
- (fs. 45)
- III.2
- APRUEBA