SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1209/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1209/2003- R

Fecha: 26-Ago-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Que, el recurrente solicita tutela a sus derechos la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso, consagrados en los arts. 7-a) y 16 CPE, denunciando que han sido vulnerados por los recurridos, dado que éstos dentro del proceso ejecutivo que le sigue el Banco de Cochabamba en liquidación, al haber emitido el primer Auto de Vista de 04 de julio de 2002 concluyeron su competencia, razón por la que al dictar el tercer Auto de Vista de 25 de febrero de 2003, se han atribuido competencia que perdieron, constituyéndose en un Tribunal de excepción, de modo que sus actos son nulos. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal y lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.