SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2003

Fecha: 16-Sep-2003

b)

b) Conforme a la documentación presentada, ese Sindicato no es una empresa de lucro, como pretende Impuestos Internos, sino una entidad gremial de beneficio a sus asociados, quienes de manera  individual se encuentran inscritos en el RUC dentro del Régimen Integrado, cumpliendo religiosamente con sus obligaciones conforme a los arts. 17 y 33 de la Ley 843 y DS 21642 de 30 de junio de 1987, por lo que no puede ser sujeto pasivo de ninguna obligación tributaria al no tener una actividad comercial ni percibir ingreso alguno.