Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2003
Fecha: 16-Sep-2003
d)
d) A solicitud del sujeto pasivo, su autoridad dictó el Auto de 17 de marzo de 2003, por el que señaló que en ejecución de sentencia y en aplicación del art. 157, b) numeral 3) LOJ, procedía a designar a la Asesora Técnica del Juzgado para que proceda a la liquidación de la Resolución Determinativa 519/94; que, luego, la Administración Tributaria solicitó la reposición de ese Auto con alternativa de apelación, y el 23 de abril del presente año se rechazó ese recurso y concedió la apelación en el efecto devolutivo por tratarse de autos en ejecución de sentencia.
- Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavides, Gerente Distrital I de la Gerencia Distrital de en La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales
- I.1.1 Relación sintética del recurso
- “
- I.1.2 Persona recurrida y petitorio
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 18
- 1.
- III.3