Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2003
Fecha: 16-Sep-2003
II.3
II.3 El 14 de marzo de 2003, los dirigentes del mencionado Sindicato se apersonan ante la Jueza recurrida adjuntando el referido Pliego de Cargo, solicitando se nombre un perito a los efectos de que proceda a una “liquidación real, legal, por cuanto la Renta Interna no puede ser Juez y Parte” (fs. 214), correspondiéndole el Auto de 17 de marzo de 2003 por el que la Jueza de la causa designó a la Asesora Técnica del Juzgado “para que proceda a la liquidación de la Resolución Determinativa 519/1994 de 10 de octubre de 2002” (fs. 215).
- Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavides, Gerente Distrital I de la Gerencia Distrital de en La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales
- I.1.1 Relación sintética del recurso
- “
- I.1.2 Persona recurrida y petitorio
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 18
- 1.
- III.3