SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2003
Fecha: 16-Sep-2003
e)
e) Ante la unificación del Poder Judicial, la Corte Nacionale de Minería, del Trabajo y Seguridad Social y el Tribunal Fiscal de la Nación pasaron a depender de ese Poder, habiendo la Corte Suprema elaborado un Reglamento estableciendo la constitución de los Juzgados en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria que ejercen las atribuciones señaladas en el art. 157 LOJ, entre las cuales figura la de ejecutar sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada en materia contencioso tributaria, conforme al CTb; asimismo, a solicitud de la Administración de la Renta o de los órganos administrativos respectivos, puede ejecutar las notas de cargo ejecutoriadas por obligaciones tributarias en procesos administrativos concluidos y que no hubieren sido pagadas, disponiendo las sanciones establecidas en dicho Código.
- Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavides, Gerente Distrital I de la Gerencia Distrital de en La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales
- I.1.1 Relación sintética del recurso
- “
- I.1.2 Persona recurrida y petitorio
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 18
- 1.
- III.3