Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2003
Fecha: 16-Sep-2003
II.5
II.5 Por memorial de 24 de mayo de 2003, los dirigentes del Sindicato solicitaron a la Jueza de la causa oficie al Director de Impuestos Internos para que deje sin efecto cualquier clausura y/o acción en contra de su institución (fs. 245), en mérito a lo cual esta autoridad judicial expidió el Auto de 25 de mayo de 2003 por el que dispuso que se oficie a la Dirección Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales haciéndole conocer que el proceso se encuentra en ese Juzgado con apelación pendiente y que por lo tanto continúa en vigencia lo previsto por el art. 231 CTb (fs. 246).
- Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavides, Gerente Distrital I de la Gerencia Distrital de en La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales
- I.1.1 Relación sintética del recurso
- “
- I.1.2 Persona recurrida y petitorio
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 18
- 1.
- III.3