SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1283/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1283/2003-R

Fecha: 01-Sep-2003

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El actor considera que el recurrido, sin proceso previo y en forma arbitraria,  dispuso su baja definitiva de la ESBAPOL, por haber faltado a la diana de 26 de mayo de 2003, no obstante que justificó su ausencia con un certificado médico, tratándole como reincidente o desertor, y sin que haya incurrido tampoco en ninguna falta grave o gravísima de hechos comprobados flagrantes para que mediante resolución y sin lugar a proceso, sea dado de baja, vulnerando con ello sus derechos a recibir instrucción y adquirir cultura, a la presunción de inocencia, al debido proceso y a la defensa. Corresponde establecer, en revisión,  si lo denunciado amerita la tutela que brinda el art. 19 CPE.