Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1298/2003-R
Fecha: 09-Sep-2003
III.2
III.2 En la especie, se evidencia que el recurso no ha cumplido con la exigencia establecida en el citado art. 97.V LTC, toda vez que el actor no ha adjuntado las pruebas pertinentes que demuestren fehacientemente los hechos demandados de ilegales, tales como el cambio de candados de los ambientes que utilizan él y su familia, no siendo suficiente las fotografías acompañadas, dado que, en sí mismas, no demuestran los supuestos actos ilegales, los cuales, por otra parte, han sido totalmente negados por el recurrido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.2 Informe
- improcedencia
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- requisitos de forma y contenido que deben observarse inexcusablemente en la presentación de todo recurso de esta naturaleza,
- que las pruebas
- III.2
- ”
- APROBAR