SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2003-R

Fecha: 12-Sep-2003

I.2.1  Ratificación y ampliación del recurso

El abogado de los recurrentes ratifica los términos del recurso planteado y añade que la elección del nuevo Directorio es ilegal por cuanto para su realización se han violado el Estatuto y Reglamento de la Asociación, que establecen que  para la realización de elecciones del Directorio se conformará  un Comité electoral  con tres meses de anticipación al acto eleccionario, además de que el tiempo por el que es elegido es de tres años, siendo por tanto dicha elección nula  e ilegal.