Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2003-R
Fecha: 12-Sep-2003
I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de los recurrentes ratifica los términos del recurso planteado y añade que la elección del nuevo Directorio es ilegal por cuanto para su realización se han violado el Estatuto y Reglamento de la Asociación, que establecen que para la realización de elecciones del Directorio se conformará un Comité electoral con tres meses de anticipación al acto eleccionario, además de que el tiempo por el que es elegido es de tres años, siendo por tanto dicha elección nula e ilegal.