SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2003-R

Fecha: 12-Sep-2003

procedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, disponiendo el cese del acto ilegal  estableciendo la nulidad de la convocatoria a elecciones, la elección misma, acta de posesión y  ordenando la restitución del Directorio a la cabeza del recurrente, por haber sido legalmente elegido y constituido, con los siguientes fundamentos:  1) se ha vulnerado el Estatuto Orgánico de la Asociación 25 de Mayo Abasto Sur, al no haber respetado las reglas para la convocatoria a elecciones, formas y requisitos exigidos para la designación del Comité Electoral y otras normas, violando los derechos a la libre asociación, seguridad jurídica como a sus propias disposiciones y 2) el recurrente admite haber cometido los actos ilegales denunciados, reconociendo que no se cumplió con el procedimiento establecido por el Estatuto de dicha Asociación para la renovación del Directorio.