SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1355/2003 - R
Fecha: 18-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente solicita tutela de los derechos a la defensa y al debido proceso, consagrados en el art. 16 CPE, denunciando que fueron vulnerados por el recurrido, pues dentro del proceso administrativo que se siguió contra el Director Distrital de Educación de Caracollo, revocó la Resolución Administrativa que lo destituyó del cargo, sin considerar que este incurrió en faltas graves, que interpuso el recurso de revocatoria fuera del plazo previsto y ante autoridad distinta al Sumariante al igual que el recurso jerárquico en cuya instancia se negaron a recibir la declaración de los testigos que presentó el Sumariante. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.2.1
- a)
- improcedente
- (fs. 591)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.4.1
- II.4.2
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- “Resolver las causas contenciosas que resulten de los contratos, negociaciones y concesiones del Poder ejecutivo y las demandas contencioso-administrativas a las que dieren lugar las resoluciones del mismo”
- III.2
- APRUEBA