SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1355/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1355/2003 - R

Fecha: 18-Sep-2003

III.1

III.1 Que, al efecto con carácter previo al análisis del fondo de la problemática planteada, resulta necesario señalar que con relación a los efectos de la Resoluciones Administrativas emitidas por la Superintendencia del Servicio Civil, este Tribunal Constitucional, efectuando una interpretación sistematizada de las normas previstas por la Ley del Estatuto del Funcionario Público y su Reglamento aprobado mediante el DS 26319 de 15 de septiembre de 2002, ha señalado que las mismas tienen carácter definitivo, por lo tanto son irrevisables e inmodificables en la vía administrativa y sólo podrán ser impugnadas por la vía contencioso - administrativa; así lo ha entendido en la SC 347/2003-R, en la que ha expresado que “(...) la Resolución Administrativa dictada por el Superintendente del Servicio Civil, al resolver un recurso jerárquico, sólo puede ser impugnada en la vía judicial en un proceso contencioso-administrativo; lo que significa que, en el ordenamiento jurídico vigente, no está prevista la vía de la revisión o reconsideración para que las partes puedan plantear ante la misma autoridad que dictó la Resolución Administrativa. En consecuencia, cualesquiera de las partes que se considere agraviada por la resolución del Superintendente del Servicio Civil deberá impugnarlo por la vía judicial antes referida”.