Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1388/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
III.5
III.5 Línea jurisprudencial aplicable al caso de autos, que determina la improcedencia del recurso, además de constar en obrados que el derecho propietario sobre el vehículo en cuestión, inicialmente fue alegado por la recurrente. Asimismo existe certificación expedida por la Dirección Registro de Vehículos del Organismo Operativo de Tránsito que dicho vehículo se encuentra registrado a nombre de Starco SA., y ahora la titularidad se la atribuye a su representado, de lo que se infiere que el derecho propietario aún no está definido.