Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2004-R
Fecha: 06-Ene-2004
II.3
II.3 El 14 de marzo de 2003 (fs. 8) Sandra Lilian Velasco Prado formuló recurso de apelación contra la sentencia anterior; el que se corrió en traslado de la parte contraria por decreto de 15 de marzo (fs. 9). Por Auto de 7 de abril de 2003, el juez de causa no obstante de reconocer que la ley no preveía el recurso de apelación al existir aceptación expresa de parte concedió el recurso en el efecto devolutivo, con citación y emplazamiento de las partes ante el superior en grado (fs. 11 vta.).