SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2004-R
Fecha: 06-Ene-2004
III.1.
III.1. El Código de procedimiento civil, vigente desde el 2 de abril de 1976 contemplaba en su Libro III referido a los “procesos de ejecución”, dos tipos de proceso: a) el proceso ejecutivo y b) el trámite de ejecución de sentencias. La Ley 1760 de 28 de febrero de 1997, Ley de abreviación procesal civil y de asistencia familiar, incorporó a este libro el capítulo II bajo el nomen juris de “De la ejecución coactiva civil de garantías reales sobre créditos hipotecarios y prendarios”. Cada uno de los procesos de ejecución tiene características propias, pero sujetos a un régimen legal común, por la teleología de los mismos que se refiere al cumplimiento patrimonial de una obligación cierta y positiva en su existencia, cuya fuente en cada caso es particular y tiene la virtud de otorgar a la obligación, el carácter de exigible ejecutiva o coactivamente.