SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2004-R

Fecha: 06-Ene-2004

II.5

II.5    Mediante Auto de Vista de 28 de mayo de 2003 (fs. 18-19), el Juez recurrido resolvió la apelación revocando la sentencia apelada, sin costas, disponiendo la devolución de antecedentes al juzgado de origen sin necesidad de ejecutoria, con los siguientes fundamentos: 1) según el razonamiento realizado por el Supremo Tribunal en el Auto Supremo 148 de 30 de junio de 2001 la sentencia que se dicte dentro de un proceso coactivo es apelable; 2) el documento base de la ejecución fue suscrito el 21 de enero de 2001, con un plazo de 24 meses para su cumplimiento desde su suscripción, sin embargo de ello la demanda fue planteada el 4 de enero de 2003, veintisiete días antes del vencimiento del plazo, por lo que la sentencia no podía declarar probada la demanda, correspondiendo en consecuencia su corrección.