Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2004 -R
Fecha: 07-Ene-2004
III.2
III.2 En el marco de ese entendimiento jurisprudencial, se pasa a analizar el caso que motiva la interposición del presente amparo, en el que el recurrente pretende que esta jurisdicción valore los antecedentes del proceso penal que por el delito de estafa y otros se sigue en su contra, a fin de revocar la decisión de los vocales recurridos y confirmar el Auto de inferior que -conforme a lo que solicitó- declaró probada la cuestión prejudicial de falta de capacidad legal en el querellante, con lo que evitaría momentáneamente la acción penal iniciada en su contra.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- la valoración y compulsa de la prueba corresponde exclusivamente a los jueces que conocen la causa en sus diferentes instancias
- III.2
- III.3
- III.4
- APRUEBA