Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2004 -R
Fecha: 07-Ene-2004
II.3
II.3 Por Provisión Ejecutoria de 12 de diciembre de 2001, emitida dentro del proceso de nulidad y anulabilidad de Título Ejecutorial, se ordenó que en la Partida 54 del Libro de Propiedades Rústicas de 1992, no se de curso a más limitaciones por estar anulada por Partida 14/2002 Rústicas, como se evidencia en el certificado de 7 de mayo de 2002 extendido por la Registradora de DD.RR. de Oruro (fs. 1-6).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III.1
- cuando en la solicitud del interesado se pide una declaración contra otra persona, la autoridad judicial no podrá dar curso a ese pedido unilateral, por ser evidente la existencia de una controversia
- III.2
- APRUEBA