Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2004 -R
Fecha: 07-Ene-2004
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declaró procedente el recurso, disponiendo la anulación de todo lo actuado en la demanda de cancelación de partidas, así como la partida 310 del Libro de Propiedades rústicas del año 2003 de la Oficina de DD.RR., con los fundamentos siguientes: a) que, el recurrido al no haber aprehendido conocimiento de la demanda tramitada ante el Tribunal Agrario Nacional, no tenía competencia para ejecutar determinaciones de esa sentencia; b) que, la competencia en razón de la materia es improrrogable; y c) que, por los actos ilegales referidos se han vulnerado los arts. 16.II y IV y 31 CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III.1
- cuando en la solicitud del interesado se pide una declaración contra otra persona, la autoridad judicial no podrá dar curso a ese pedido unilateral, por ser evidente la existencia de una controversia
- III.2
- APRUEBA