Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2004 -R
Fecha: 07-Ene-2004
II.5
II.5 Por Auto de 3 de junio de 2003, el Juez recurrido dispuso que en ejecución de la Sentencia Agraria Nacional Nº 021/2001, se proceda a la cancelación de notas marginales de limitación, que están asentadas en las Partidas 53 y 54 del Libro de Propiedades Rústicas de 1992 y como emergencia que se cancele las partidas siguientes: “... 94. Partida Nº 248 del Libro de Propiedades Rústicas del 2000 a favor de Ponciano Villalobos Huanca ..., 95. Partida Nº 260 de igual Libro 2000 a favor de Saúl Wilde Sánchez Mollo ..., 96. Partida Nº 328 del Libro de Propiedades Rústicas a favor de Norah Elga Bernal Araníbar ...” (fs. 15-27 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III.1
- cuando en la solicitud del interesado se pide una declaración contra otra persona, la autoridad judicial no podrá dar curso a ese pedido unilateral, por ser evidente la existencia de una controversia
- III.2
- APRUEBA