SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2004-R
Fecha: 07-Ene-2004
II.4
II.4 Devuelto el expediente a la Corte de origen y sorteada la causa, la Sala Civil Segunda por Auto de Vista de 17 de octubre de 2003, declaró admisible la apelación restringida y deliberando en el fondo improcedente confirmando en todas sus partes la sentencia apelada (fs. 75), fallo notificado a las partes mediante cedulón en el tablero judicial ( fs. 76). El 28 de octubre la parte querellante renuncia expresamente al recurso de casación y al no haber sido interpuesto éste por el ahora recurrente, solicita la ejecutoria del Auto de Vista (fs. 96), la que en efecto se declara en 29 del mismo mes y año y que le es notificado el 30 de octubre en el tablero judicial (fs. 97 vta y 98 vta.).