Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0076/2004-R
Fecha: 16-Ene-2004
improcedente
La Resolución cursante de fs. 120 a 123, pronunciada el 15 de noviembre de 2003 por la Sala Civil Comercial y Familiar del Distrito Judicial de Oruro, declaró improcedente el recurso bajo estos fundamentos: a) no existe vulneración de norma procesal alguna porque las reglas del debido proceso se han cumplido en la tramitación de la causa; b) en vista a que la acusación contra el recurrente fue reformulada no correspondía nuevo ingreso de la causa mediante sorteo sino su acumulación al proceso ya iniciado en el Tribunal Segundo de Sentencia como ocurrió en la especie.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- siendo necesario aclarar que cualquiera de estas situaciones deben estar estrechamente vinculadas con el derecho a la libertad individual
- APRUEBA