SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0097/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0097/2004-R

Fecha: 21-Ene-2004

II.1

II.1   El Banco Santa Cruz S.A. concedió préstamos de dinero a Rolando Lozano Cazón y su esposa, con la garantía hipotecaria de un bien inmueble ubicado en la zona Sur, U.V.7, Manzano 23 de la ciudad de Santa Cruz, así también con los lotes de terreno ubicados en la zona Sud-Oeste, U.V. 110, Mza. 27, lotes 1 a 4 también de Santa Cruz; estos dos inmuebles de propiedad de los ejecutados mencionados; igualmente esas obligaciones de crédito se encontraban garantizadas con la propiedad rural denominada “Yovi”, ubicada en el Cantón Curiche de la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, el mismo que pertenecía a Rolando Lozano Cazón, Adela Antelo de Lozano, Silvia del Rocío Lozano Antelo, Norma Lozano Antelo y Maria Fabiola Lozano Antelo; -estas últimas-, que en esa condición se constituyeron en otorgantes de garantía hipotecaria de la obligación (fs. 78 a 174).