Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0118/2004-R
Fecha: 28-Ene-2004
Fragmento 17
Posteriormente ambos procesos fueron acumulados en el Juzgado Noveno de Instrucción en aplicación de los arts. 27 y 36 CPP.1972, y previa tramitación del sumario penal, el Juez de Instrucción Décimo en lo Penal decretó el procesamiento del mandante del recurrente, dejando constancia que debido a la exclusión dispuesta en el segundo proceso, quedó sometido al primero, es decir, al seguido a querella de Ruth Zambrana y otros.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 17
- el auto inicial de la instrucción
- no concurrió una identidad de objeto constituido por el comportamiento o hecho generador de la acción penal
- III.4.
- APROBAR