Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1598/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente sostiene que los demandados han vulnerado sus derechos constitucionales, pues han procedido a cortarle el suministro de agua potable sin motivo ni justificativo alguno, y no obstante de haber acudido en reclamo ante el Sub - Prefecto de Chapare, Coordinador de Sub- Prefecturas y Defensor del Pueblo, no han procedido a la reconexión de su acometida de agua para instalarle dicho servicio elemental. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.