Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1609/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
II.1.
II.1. El 30 de junio de 2004 el Ministerio Público realizó la imputación formal contra el recurrente y otros, por los presuntos delitos de homicidio y complicidad, remitiendo en “calidad de detenido” al recurrente (fs. 2 y vta..), desarrollándose el 2 de julio de 2004, la audiencia de consideración de medidas cautelares del imputado Peñaflor Aldana Paco, en la cual el representante del Ministerio Público requirió por la detención preventiva, a lo que la Jueza de Instrucción Mixta Cautelar dio curso disponiendo medidas sustitutivas de acuerdo a la previsión contenida en las normas de los incs. 2), 3), 4), 5) y 6) del arts. 240 del CPP (fs. 11 a 15).