SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1616/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1616/2004-R

Fecha: 06-Oct-2004

no es admisible la restricción de la libertad física y de libre tránsito para lograr el pago de una obligación patrimonial

Consiguientemente, la conducta del recurrido vulnera la norma prevista por el art. 7.7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en cuyo mérito, nadie será detenido por deudas, así como lo dispuesto por el art. 6 de la LAPACOP, que establece que en los casos de obligaciones de naturaleza patrimonial, el cumplimiento forzoso de las mismas podrá hacerse efectivo únicamente sobre el patrimonio del o de los sujetos responsables, por lo que no es admisible la restricción de la libertad física y de libre tránsito para lograr el pago de una obligación patrimonial.