SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1627/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1627/2004-R

Fecha: 08-Oct-2004

II.2.

II.2. El 19 de diciembre de 2003, el representado en el presente recurso se apersonó y planteó nulidad de la citación realizada por edicto, por infringir lo establecido por las normas previstas por el art. 165.3 del CPP; lo que siendo comprobado por el recurrido provocó que mediante Resolución 041/2004 se reponga obrados hasta antes de la citación al imputado, debiéndosele citar nuevamente, disponiendo audiencia de conciliación para el 30 de enero de 2004 (fs. 29 y 33).