Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1643/2004-R
Fecha: 13-Oct-2004
II.4.
II.4. Por Auto de 30 de julio de 2003, el Juez de Partido Décimo Primero en lo Civil, concedió la apelación en el efecto devolutivo (fs. 111 vta.); a cuya consecuencia, radicada que fue la causa ante la Sala Civil Primera -ahora recurrida-, esta dictó el Auto de Vista 297/04, de 1 de junio de 2004, por el que anuló el Auto de concesión de apelación, manteniendo subsistente la Sentencia apelada, disponiendo además que se ponga en conocimiento del Consejo de la Judicatura la conducta del Secretario del Juzgado, para la investigación correspondiente sobre el cargo sentado (fs. 129 a 130).