SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1660/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1660/2004-R

Fecha: 11-Oct-2004

III.1.

III.1. En el caso examinado, el recurrente ante el incumplimiento de la Alcaldía Municipal de Santa Cruz, de retener y remitir los fondos y documentación ordenados por el Juez de Partido Octavo en lo Civil Comercial, debió acudir a la vía ordinaria correspondiente a fin de lograr el cumplimiento de esa orden emitida por autoridad jurisdiccional que conoció del proceso ejecutivo, lo que demuestra que no agotó los medios legales que tenía expeditos para hacer valer sus derechos que consideró lesionados. Por el contrario, planteó directamente el presente amparo, recurso que por su carácter subsidiario únicamente se lo puede interponer cuando se han agotado, previamente, todos los medios o recursos legales, omisión que determina la improcedencia del recurso.