SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1665/2004-R
Fecha: 14-Oct-2004
II.4.
II.4. A la conclusión del juicio oral, el abogado patrocinante solicitó la detención preventiva de la recurrente (fs. 46), en vista de lo cual el Tribunal de Sentencia señaló audiencia de medidas cautelares para el 30 de julio de 2004, en la que aquel reiteró su solicitud, argumentando la existencia de peligro de fuga por la condena impuesta y porque en la inspección realizada se comprobó que el cuarto de la imputada se encontraba vacío; por su parte, el representante del Ministerio Público aclaró que no solicita ninguna medida cautelar de carácter personal en contra de la acusada. Luego de las argumentaciones de las partes y el Fiscal se dictó la Resolución de la indicada fecha por la que se rechazó la solicitud de la parte querellante, con el fundamento de que únicamente se cumple con uno de los requisitos previstos por el art. 233 del CPP (fs. 31 a 33).