SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1706/2004-R
Fecha: 22-Oct-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2004, cursante de fs. 4 a 5 vta., el recurrente manifiesta que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Francisco Cortez, su representado y otros, por los delitos de alzamiento armado, terrorismo y asociación criminal, Leonardo Condori Paredes solicitó la cesación de su detención preventiva, amparado en el art. 239 inc. 1) del Código de procedimiento penal (CPP), fijándose audiencia para el 11 de septiembre de 2004, en la que a tiempo de su instalación, se informó por Secretaría la ausencia de su representado, pese a que hubieran enviado a la central de notificaciones los oficios remitidos al penal de “San Pedro de Chonchocoro”, para hacer efectivo el traslado de su representado a la citada audiencia; por lo que, la audiencia fue suspendida de acuerdo al art. 169 inc. 2) del CPP, sin el señalamiento expreso de día y hora para la celebración de una nueva audiencia.